viernes, 3 de enero de 2014

Que va pasar con el CMJ de Medellín?

Con la entrada en vigencia de la nueva ley estatutaria de Ciudadania Juvenil (Ley 1622/2013) El Sistema Nacional de participación juvenil ha cambiado.
Además de los CMJs que serán electos cada  cuatro años el ultimo  viernes de octubre en todo el país, se establece una exigencia para las administraciones municipales y departamentales del país: la conformación de Plataformas juveniles y Asambleas Juveniles, que serán integradas por organizaciones juveniles. Estos espacios de participación juvenil ya deben estar siendo creados por parte de las oficinas, subsecretarias o secretarias de juventud en alianza con otras secretarias y especialmente con las Personerias quienes recibiran los formatos de inscripción a las plataformas. Este proceso aun es lento debido a que estamos en un periodo de transición de la nueva ley.

Igualmente se exige a los entes territoriales la elaboración o la revisión y actualización de sus políticas publicas de juventud. en los municipios o departamentos donde no exista CMJ o CDJ se debe crear para poder iniciar la elaboración participativa de la política pública.

Donde ya existe Política pública de juventud como en Medellín, si no hay CMJ se debe esperar hasta que hallan elecciones nacionales.Si Hay CMJ se puede iniciar su elaboración o su actualización, nombrando la terna de consejeros que intergarian la Comisión de Concertación y Decisión  junto con otros 3 delegados de la Alcaldia, la Gobernación o el gobierno nacional (Dependiendo del caso) Que a través de consenso y con el apoyo de una secretaria técnica tomaran decisiones con respecto a la política pública de juventud.
El CMJ de Medellín ya nombro sus tres delegados antes de terminar nuestro periodo para que continúen con esta labor, ellos son : Carlos Ospina, Daniel Valencia y Oscar Arango.

Lo que pasara entonces es que estos tres consejeros serán los únicos que continuaran solo participando en esta Comisión, con el fin de que se pueda actualizar la política de Juventud de Medellín, dando así cumplimiento a este requerimiento formal. Sin embargo el real espacio de deliberación sera la nueva plataforma municipal  juvenil y las Asambleas juveniles donde todos podemos participar.

Las nuevas elecciones del CMJ que serán a nivel nacional se realizaran dependiendo del tipo de ley que se adopte para reglamentar la ley estatutaria de Ciudadanía Juvenil. Lo que Colombia Joven http://wsp.presidencia.gov.co/colombiajoven/Paginas/colombiajoven.aspx actualmente 
intenta es que se logre prontamente la reglamentación del Sistema de Participación juvenil y si esto se reglamenta con una ley ordinaria (Que es lo ideal) las elecciones del CMj podrian hacerse el ultimo viernes de octubre este este año, ya que el proceso legislativo es mas rapido. En cambio si se exige que la reglamentación sea a través de ley estatutaria, las elecciones se realizarían en todo el pais el ultimo viernes de octubre del 2016. (en dos años) Ya que no pueden coincidir con las elecciones de alcaldes y gobernadores que serán en el 2015.

Así se integra el nuevo Sistema Nacional de Juventud. (Se replica este modelo a nivel departamental, distrital y municipal)
1. Subsistema Institucional de las Juventudes
1.1 El Consejo Nacional de Políticas Públicas de las Juventudes
1.2 Dependencias de las juventudes de las entidades territoriales
2. Subsistema de Participación de las Juventudes
2.1 Procesos y prácticas organizativas de los y las jóvenes
2.2 Espacios de participación de las juventudes
2.3 Los Consejos de Juventudes
2.4 Plataformas de Juventudes
2.5 Asambleas de Juventudes
3. Comisiones de Concertación y Decisión

Temas de implementación inmediata de la ley estatutaria de Ciudadanía Juvenil:
1. Fortalecimiento institucional: Que se creen oficinas, subsecretarias o secretarias de juventud en todos las Alcaldías y municipios donde no existan y que se fortalezcan con mayor inversión los ya existentes.
2. Medidas de prevención, promoción y protección.
3.Nuevas competencias de los entes territoriales y del Gobierno Nacional.
4.Medidas de Control y garantia.
5. Elaboración de políticas públicas de juventud y actualización de las que ya existen en municipios y departamentos.
6. Convocatoria para conformar las Plataformas juveniles municiplaes y departamentales
y realizar las asambleas juveniles.
7. Creación o modernización del Sistema de gestión de conocimiento juvenil a nivel nacional, departamental y municipal.

Que se puede hacer en Municipios con CMJ o departamentos con CDJ
Formular, revisar y socializar las políticas publicas.
Conformar los Comites de Concertación y decisión con tres delegados de los CMJs o CDJs y 3 delegados del gobierno territorial.
Convocar y conformar las Plataformas Juveniles.
Fortalecer las insitucionalidad juvenil.
Crear o modernizar el Sistema de Gestión del Conocimiento en municipios y departamentos.

Que NO no se puede hacer en municipios SIN CMJ o departamento SIN CDJ.
Lo único que no se puede hacer es conformar el Comité de Concertación para tomar decisiones sobre la política pública de juventud. Si Hay CMJ se deben elegir los tres consejeros para el Comite de concertación y decisión antes de que termine el periodo y solicitar al Alcalde un decreto que acredite la extensión de su periodo hasta que se presenten las nuevas elecciones del CMJ.


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