Mostrando entradas con la etiqueta Derecho. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Derecho. Mostrar todas las entradas

sábado, 8 de octubre de 2016

Marcha #PazALaCalle en Medellín

Escribí este comentario como respuesta a una publicación de quien fue mi profesor de Derecho Procesal General, el Dr. Oscar Soto.

Fui a la marcha del 7 de Octubre, una marcha donde no se buscaba personalizar, por el contrario se invito tanto a los del SI, como a los del No y a los abstencionistas.Estas manifestaciones son un mensaje de la sociedad civil de que queremos la paz, que se de solución pronta al limbo en el que quedamos con los resultados del domingo 2 de octubre, en el Plebiscito aprobatorio del acuerdo final entre el Gobierno y las FARC para terminar el conflicto armado y construir una paz estable y duradera. En últimas esta marcha es un mensaje de que no queremos más violencia política en este país. Quienes más se deben sentir presionados con la marcha fueron quienes votaron por el NO, ya que el país espera sus propuestas. 

Los acuerdos fueron 100% públicos desde el principio, cada que cerraban un punto de la agenda de negociación se publicaban y se difundían, se trato de hacer la mayor pedagogía posible, pero en las ciudades la intensidad no fue tan alta al considerar que contamos con mayor acceso a la información y el nivel educativo es más alto (No se pensó que en Medellín por ejemplo puede que haya mejor nivel educativo, pero el nivel de empatia e inteligencia emocional como que no es tan alto)

Se abrieron todos los espacios de participación posible, por múltiples formas, el CD siempre tuvo la oportunidad de ser escuchado y lo fueron, sin embargo sus propuestas muchas veces eran inviables, muchas fueron tenidas en cuenta, por eso se decía que era un acuerdo imperfecto pero el mejor acuerdo posible porque ambas partes cedieron lo que más podían y muchas cosas en las que cedieron las FARC fue en parte por las exigencias de ustedes. De todas formas mientras muchos sigan con los paradigmas que llevan encrustrados de que: "Las FARC son un grupo terrorista y aquí no hay conflicto armado interno, ni victimas y desplazados causados por otros actores diferentes a las FARC" desde que no se rompa estas ideas no hay nada que hacer, y yo valoro que algunos del CD las han venido rompiendo, hasta Uribe, pero yo recuerdo que desde el primer momento en que se supo que se estaba negociando con las FARC, Uribe no estuvo de acuerdo, y eso da mucho que pensar, y puede explicar porque hasta hoy lo único que ha hecho ha sido intentar sabotear el proceso y ahora que ganó el NO en el plebiscito, esperemos que tenga la altura y la ética del momento histórico que vivimos para no buscar que se retroceda en lo que se ha avanzado, como el cese el fuego bilateral. 

El Bloque de constitucionalidad y lo de considerar el acuerdo final como acuerdo especial internacional, es un blindaje jurídico necesario a los acuerdos teniendo en cuenta esa misma fuerza política que promovió el NO, posiblemente al llegar de nuevo al gobierno en el 2018 podría representar un peligro para la implementación de los acuerdos, que en estos primeros año requieren de mucho compromiso estatal. Si no existieran esas fuerzas interesadas en la perpetuación de la guerra, tal vez esto no hubiese sido necesario. 

Desde el domingo acepte con tranquilidad que ganó el NO, todo es perfecto, así tenia que ser, por algo tuvo que pasar ese huracán justo por estos días en la costa, pero si se pierde esta oportunidad histórica, va pesar en la conciencia de todos, pero va pesar un poquito menos en los que votamos SI.

domingo, 12 de octubre de 2014

Actitudes del Abogado

Por Miguel Angel Reyes el October 11, 2014

ELOCUENCIA

La palabra es la principal arma de un abogado, sea hablada o escrita, por consiguiente una característica inherente a todo jurista exitoso es la capacidad de utilizar el lenguaje de una manera que pueda seducir, influir o encantar al receptor.
Considerando la gran cantidad de casos que suelen conocer los jueces a diario, resulta lógico que para obtener ganancia de causa no sea suficiente ser portador de la verdad jurídica sino que deviene en fundamental lograr captar la atención del juez para que éste tenga la oportunidad de entender nuestros planteamientos y validarlos.
Como dijo el maestro Osorio: “Unas palabras, las de Cristo, bastaron para derrumbar una civilización y crear un mundo nuevo. Los hechos tienen, sí, más fuerza que las palabras; pero sin las palabras previas los hechos no se producirían”.

DISCIPLINA

Dice un proverbio japones que “la disciplina, tarde o temprano vencerá a la inteligencia” . Lo mismo sucede en el derecho, pues se trabaja con plazos, procedimientos, formularios, leyes, códigos, etc.
De manera que establecer una disciplina de trabajo no es una opción, es una obligación a la hora de considerar el éxito en nuestra profesión.
La autodisciplina es lo que te permite ser tu propio jefe. Y recuerda: los mejores abogados no buscan empleo, buscan clientes.

INTELIGENCIA SOCIAL

Un profesional que cumple una función social y ejerce de cara al público debe tener una gran capacidad para tratar a las personas.
La profesión te exige muchas aptitudes técnicas, pero también debes desarrollar habilidades sociales; pues tienes que conectar con las personas y sus causas, establecer relaciones personales con desconocidos, expandir tus redes de contactos, captar y darle seguimiento a clientes, mantener relaciones cordiales con tus colegas, a pesar de que son tu competencia…
En una ocasión un colega me dijo que la gente critica a los abogados porque todos en el fondo quisieran ser uno. En tal virtud, no juzgues a las personas, mejor entiendelos.

CULTURA GENERAL

Mientras muchos se enfocan en adquirir conocimientos especializados sobre su profesión, los mejores abogados diversifican la información que consumen: actualidad noticiosa, historia, política, novelas literarias…
Sin dudas, complementar tus conocimientos jurídicos con los aprendidos en otras áreas te permite tener una visión más amplia de los asuntos que se te presenten.

ESCUCHA ACTIVA

Hay que admitir que las personas asocian al profesional del derecho con la estridencia y la habladuría. Empero, una buena instrumentación de un expediente pasa por escuchar detenidamente la versión del cliente, los testigos y los argumentos de la otra parte, a fin de entender lo sucedido y utilizar asuntos, que a veces son muy sutiles, pero que en el fondo pueden ser determinantes para la solución de un caso.
No se trata de hablar mucho sin decir nada, se trata de escuchar lo suficiente y definir los asuntos puntuales.
“Lo bueno, si breve, dos veces bueno; y aun lo malo, si breve, no tan malo.

ESTUDIAN, ESTUDIAN… Y ESTUDIAN

Tal vez pensabas que me iba a saltar esta parte, y es que no veo forma que alguien pretenda ser exitoso como profesional del derecho sin adquirir los conocimientos requeridos para lograrlo. Cada día se producen nuevas decisiones jurisprudenciales, se aprueban nuevas leyes, se formulan nuevas doctrinas, se agregan nuevas tendencias de debate.
Por último, creo que “los mandamientos del abogado” o mejor conocido como Decálogo del Abogado escrito por Eduardo Couture, son una gran fuente de aprendizaje que se mantiene vigente:
I. Estudia. El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serán cada día un poco menos Abogado.
II. Piensa, El Derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.
III. Trabaja. La Abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.
IV. Lucha. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia.
V. Sé leal. Leal como tu cliente al que no puedes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando el sea desleal contigo, Leal para con el Juez que ignora los hechos, y debe confiar en lo que tu le dices y que, en cuanto al Derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.
VI. Tolera. Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.
VII. Ten paciencia. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.
VIII. Ten fe. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho, en la Paz como substitutivo bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz.
IX. Olvida. La Abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras llenando tu alma de rencor llegaría un día en que la vida sería imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.
X. Ama tu profesión. Trata de considerar la Abogacía de tal manera que el día que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proporcionarle que sea Abogado.

jueves, 2 de mayo de 2013

La Cultura del todo vale

ANÁLISIS DE PONENCIAS DEL VIII SEMINARIO INTERNACIONAL DE TEORÍA GENERAL DEL DERECHO-TGD “CINE Y DERECHO”



4. La Cultura del todo vale
Pude encontrar dos puntos en común durante las Conferencias del profesor John Fernando Restrepo sobre la película  “Fast-food nation[1]” y la conferencia: “Ten cuidado de los Idus de Marzo[2]”, a cargo del profesor Andrés Botero. 1) La reflexión sobre el cine y en últimas los diversos tipos de arte, como instrumento auxiliar de la academia.  2) La creciente cultura del “todo vale” que ambas películas expuestas nos reflejan. En la Película Fast-Food natión, por ejemplo se ve este afán por producir más carne, sin importar sus condiciones de higiene y salubridad, por lo que el “Todo vale” lo veo enfocada en lo económico, que nos introduce en la reflexión sobre el sistema capitalista[3], y sobre los desequilibrios que esta cultura maquiavélica forja en el desarrollo el modelo individualista en muchos países actualmente, modelo del que parte el liberalismo económico hoy neo-liberalismo, y nombro por ejemplo dos temas preocupantes que son consecuencia de la desproporción a la que se ha llevado este sistema, situaciones como: La contaminación del planeta por el consumismo y el crecimiento industrial acelerado y la desigualdad social, que se refleja en las altas tasas de mortalidad infantil por hambruna y desnutrición y el gran número de países en altas condiciones de pobreza y subdesarrollo. Estos fenómenos mundiales que de acuerdo con las ideas que Rousseau daba hace tantos años, son causados por la ambición de los seres humanos, por  tener más y más, sin importar sobre quien tengan que pasar, (hasta por encima de la Madre Tierra) y como lo dice Rousseau “Se dirá que el déspota asegura a sus súbditos la tranquilidad civil, pero ¿qué ganan con ello, si las guerras que su ambición ocasiona, si su insaciable avidez y las vejaciones de su ministerio les arruinan más que sus disensiones internas? ¿Qué ganan, si esta misma tranquilidad constituye una de sus miserias?[4] Y lamentablemente es posible que exista una estrategia mundial conspirativa para evitar el desarrollo del pensamiento crítico y la revoluciones de la sociedad al respecto[5]
De otro lado en la ponencia del Profesor Andrés Botero, la película “Ten cuidado de los Idus de Marzo”, nos enseña tal vez como el Todo vale se presenta en la política, llevándonos a reflexionar ¿Qué se está dispuesto a hacer por llegar a un cargo público o ascender? O ya estando en el poder ¿Cómo evitar que los intereses personales no sean superiores y se lleguen a casos como: Agro Ingreso Seguro, la Yidispolítica, las chuzadas o las zonas francas por conveniencias privadas?

Finalmente también encontré en estas dos ponencias una oposición en cuanto a la función del cine en la sociedad. El Profesor Fernando Restrepo mantiene una concepción del cine exclusivamente como arte por lo que afirma que no se le puede exigir que sea funcional socialmente o políticamente. El Profesor Andrés Botero en cambio plantea que existe el Cine como arte y el Cine como Negocio y que ambos buscan entretener pero pueden aprovechar para lograr sus intereses políticos, lo que significa que de alguna forma si se le puede exigir al cine no solo calidad estética, sino también de contenidos. . Mi opinión al respecto es que cada uno quien elije si quiere ver cine comercial o cine artístico, la mayoría de veces es el cine arte e independiente del que con más expectativa esperamos enseñanzas o mayor calidad de contenidos, aunque no quiere decir que el cine como comercial no deje también enseñanzas, solo que la tendencia predominante es a esperar de este cine solo diversión y buenos efectos. 




[1] “Fast-food nation”, dirigida por Sydney Pollack (1993)
[2] “Ten cuidado de los Idus de Marzo Adaptación cinematográfica de la obra teatral "Farragut North" de Beau Willimon. dirigida y producida por George Clooney
[3] Sobre este tema me llama la atención lo que dice Fernando Savater sobre el Capitalismo: ..Es tan variado y flexible que probablemente lo que hay en china es capitalismo. Mí modelo de capitalismo es uno donde el Estado sirve de mediador entre el ciudadano y los mercados y que además garantice protecciones sociales redistributivas. SAVATER, Fernando “Ética de urgencia” Ariel, 2012. (Pagina 151)
[4] ROUSSEAU, JJ “El contrato Social” (Ensayo) Editorial Unión 2005. (Pag 11)
[5] Sobre estas teorías se dan más datos en: CLAUDE, Michéa Jean “La Escuela de la ignorancia” 

Estudiar Derecho

ANÁLISIS DE PONENCIAS DEL VIII SEMINARIO INTERNACIONAL DE TEORÍA GENERAL DEL DERECHO-TGD “CINE Y DERECHO”

3. El alma del abogado
La cuarta conferencia titulada “Abogados jóvenes en el cine, Cine para abogados jóvenes” a cargo del profesor peruano. Eddy Chávez se complementa muy bien con la conferencia cinco: “El film: la fachada y el derecho", que estuvo a cargo del profesor Mario Alfonso Álvarez. Nos lleva a la reflexión sobre nuestra profesión desde el ¿Por qué decidimos estudiar esta carrera?  Pasando por el ¿Cómo se debe formar un estudiante de Derecho y luego que cualidades debe tener ya como abogado? Creo que todas estas respuestas las tiene cada uno desde su contexto y sus construcciones personales o “Burbujas lógicas[1]” pero me quiero centrar en dos cosas: El cómo debe enseñarse el Derecho que fue un tema que transversalizó la mayoría de las ponencias del seminario y en segundo lugar lo que considero el reto de llevar el título de abogado. Con respecto a lo primero, la enseñanza del Derecho parte de la pedagogía y de la metodología que representa los medios con los que la pedagogía se puede ver en la práctica, por ejemplo aprovechar el cine en las clases, como lo proponía el profesor Chavez. Lo que hay que entender es que para implementar una metodología se debe tener en cuenta el contexto y las condiciones de las personas a las que se va aplicar. ¿Imaginémonos una universidad de Medellín sin clases magistrales como las conocemos hoy? Esto sería una gran revolución educativa, pero de sus resultados no podemos decir nada hasta que no lo experimentemos.
Un ejemplo de un sistema educativo alternativo, lo podemos ver en la actualidad con el modelo Alemán o hasta en los antiguos filósofos griegos como Sócrates, quienes no enseñaban mediante clases solemnes sino mediante la discusión y el cuestionamiento, esto permitía a sus discípulos descubrir los fundamentos más profundos de su filosofía, lo que hoy se conoce como mayéutica. Más tarde, los estoicos dejaron las escuelas para desarrollar su filosofía al aire libre, con el argumento de que el hombre debe acercarse a la naturaleza en su proceso de aprendizaje.
El primer ejemplo del modelo de Sócrates nos sirve para entender la relación entre el estudiante y el docente de una manera distinta a la que tácitamente el sistema educativo tradicional nos ha inculcado. No se trata, entonces, de una relación unidireccional, en la que el profesor es quien posee el conocimiento y el estudiante quien no, sino de una en la que el primero cumple el papel de guía y el segundo, impulsado por su curiosidad, es quien descubre el conocimiento siempre valiéndose de sus propias capacidades. Esto me recuerda la propuesta de Educación Popular de Paulo Freire, quien dice  Nadie libera a nadie, nadie se libera solo. Los seres humanos se liberan en comunión [2]
En segundo lugar sobre las cualidades que debe tener un abogado el profesor Mario Alfonso plantea inspirado en la Película  The Firm y el Profesor Chávez también aludía con énfasis en los jóvenes, que una cualidad importante hoy en día es ser coherente con sus principios, esto como dice Ángel Ossorio tiene que ver con la sensación de justicia, lo que expresa cuando dice que: En el abogado la rectitud de la conciencia es mil veces más importante que el tesoro de los conocimientos [3]
 Ahora, cabe preguntarnos si existe para este fin de formar buenos abogados con valores éticos, alguna innovación hoy en día con respecto a la metodología en la educación, y la respuesta es que sí. En primera instancia, el hecho de que un educador esté innovando durante su “clase”, incluso estando inmerso en el sistema tradicional, es casi imperceptible. Esto se da cuando, por ejemplo, un profesor se sienta a conversar con sus estudiantes o cuando plantea problemas en clase para que estos los discutan. En ambos escenarios el fin ya no es “aprender” un contenido específico, sino descubrirlo mediante el desarrollo de las competencias necesarias para entenderlo, esto involucra de forma más dinámica y práctica al estudiante. De todas formas aunque estoy de acuerdo con muchas ideas de Martha C. Nussbaum (sobre todo en su propuesta económica[4]) si considero que como estudiantes de Derecho no se puede prescindir de la teoría, hay que pensar la práctica teóricamente para poder aplicarla y mejorarla. Hacer esto demanda comprometerse apasionadamente con seriedad y rigurosidad (no superficialmente), con el estudio, creando así una disciplina y entendiendo que Estudiar no es un acto de consumir ideas, sino de crearlas y recrearlas[5] Pienso además que una de las principales falencias de este sistema es la percepción de los estudiantes como un conjunto homogéneo y no como un grupo de individuos con capacidades y limitaciones distintas. El sistema tradicional se ocupa, entonces, de las masas más no de las personas, por lo menos en la educación básica y secundaria ya es hora de que se avance hacia el fomento de las inteligencias múltiples y la educación personalizada[6]. Cada individuo aprende a ritmos distintos  y este sistema mediante la limitación del proceso de aprendizaje a los períodos lectivos, obligada a cumplir con los tiempos establecidos, en la mayoría de las veces, sin llegar al nivel de comprensión que se anhela de los temas.
¿Asegura, entonces, el sistema tradicional o el hecho de tener buenos profesores o incluso el prestigio de la Universidad, un alcance de los logros académicos mínimos y a su vez la formación integral y ética que se requiere en este tipo de profesiones? Finalmente, estando inmersos en este sistema, ¿podemos aprender a aprender? Son algunas preguntas que me dejan el análisis de estas dos ponencias.







[1] DE BONO, Edward “El Texto de la Sabiduria” Norma. 1997
[2] FREIRE, Paulo 108 CITAS DEPRESENCIA Y VIGENCIA DE PAULO FREIRE (Pagina 2)Tomado de http://www.paulofreire.org.pe/documentos/defreire/defreire.html
[3] OSSORIO, Ángel “El alma de la toga” Leyer Bogotá. (Pagina 18)
[4] Sobre las 10  capacidades y principios económicosde Martha Nussbaum ver: http://www.materiabiz.com/mbz/gurues.vsp?nid=34888
[5] Cita de Paulo Freire en el documental “La Educación Prohibida” ver más en http://www.educacionprohibida.com/

La Ilegalidad



ANÁLISIS DE PONENCIAS DEL VIII SEMINARIO INTERNACIONAL DE TEORÍA GENERAL DEL DERECHO-TGD “CINE Y DERECHO
2. La Ilegalidad
Aunque no pude estar en toda la segunda ponencia dictada por la profesara Mabel Londoño sobre la película: “Los colores de la montaña: la participación ciudadana en contextos violentos”, me pareció muy interesante y pienso que se podría complementar con la ponencia de “Batman[1] y el Derecho”, que estuvo a cargo del  cargo del profesor Felipe Osorio. Ambas nos llevan a la reflexión sobre el Para-Estado. Si bien en los Colores de la Montaña se muestra más como el fenómeno de la guerra política en Colombia ha generado prácticas tan graves como las minas antipersonas, los homicidios, las torturas y el desplazamiento forzado y como los niños son principales victimas y afectados de forma casi irreparable por estos hechos delictivos, la película también nos lleva a observar una grave situación que se ha producido y que analógicamente algunos pueden comparar con Batman y es el surgimiento de los grupos paramilitares[2]. Desde comienzos de la década de los sesenta la Fuerza Pública y los organismos de seguridad del Estado han sido formados bajo los parámetros de la doctrina de la Seguridad Nacional y la aplicación de los fundamentos del Conflicto de baja intensidad. Dentro de tal propósito se han implementado mecanismos prestos a la eliminación del "enemigo interno", representado en la existencia del comunismo, la subversión o la guerrilla de las FARC o ELN. Así, en el marco de dicha estrategia a comienzos de la misma década se recomienda por parte de asesores militares norteamericanos la conformación de organizaciones de "tipo antiterrorista" y para la "lucha anticomunista". Actualmente a pesar de los procesos de desmovilización se constata cómo los grupos paramilitares con el claro propósito de actuar en la defensa y protección de intereses políticos, de proyectos económicos minería ilegal y explotación de recursos naturales como el petróleo y el carbón y la defensa de sectores vinculados a la actividad agropecuaria y al narcotráfico siguen dominando territorios desde la ilegalidad.
Federico Hoyos de la Universidad Eafit se ha acercado a su esencia y propone que se debe diferenciar entre el partisanismo y la guerra de guerrillas, entendidos como formas de combate y como forma de guerra, respectivamente. El diccionario de la Real Academia define al partisano como: “Miembro de un grupo armado de gente civil, organizado para combatir un ejército ocupante, o contra las autoridades de su propio país. “La guerra de guerrillas es simplemente una técnica primitiva de combate posible por el compromiso apasionado del pueblo con una causa nacional urgente” Para Hoyos las nuevas agrupaciones siguen siendo ilegales pero no paramilitares ya que no transgreden la ley estatal por estar en desacuerdo con ella sino por el usufructo de las actividades ilícitas que desempeñan infringiéndola. Argumenta que Schmitt atribuye como elemento distintivo al partisano su claridad con respecto a un enemigo por lo que para él las Bacrim al no tener ni una vocación contrainsurgente ni un proyecto político, no seria de nuevas generaciones paramilitares sino simplemente bandas criminales emergentes que tienen otros fines. Por lo que queda la pregunta para debatir al respecto.
Tomo entonces de la columna del Espectador una nota de Alfredo Molano que puede dar luces sobre la otra posición, dice que: “La sombra que hoy ronda es el fortalecimiento de las mal llamadas “bandas criminales”, como si fueran muchas y actuaran cada cual por su lado. Lo que hoy se ve, y cada día se verá más claro, es que tienen un mando central y que cumplen una doble misión: exportar coca y poner en cuestión la mesa de negociación. [3]
Pienso que lo difícil es la ya lograda legitimidad que han cogido estas formas de defensa privada  desde la ilegalidad, permeando todo a su alrededor, por medio de redes de narcotráfico, maquinas de monedas y otros juegos de azar, extorsión a comerciantes y transportadores, para nombrar algunas de estas prácticas ilegales. Menciono también la parapolítica que es otra muestra no solo del oportunismo de los políticos sino de la legitimidad que se le da a este para-estado hasta por parte de líderes sociales y del Estado, quienes se suponen deben dar ejemplo de ética y respeto por la legalidad. La relación de este comportamiento con la película Batman, desde el sicoanálisis lo describe en su blog Gonzalo Portocarrero: “El bien de la colectividad aparece para Batman como un fin absoluto en este film; que preserva la vigencia de la figura heroica. ¿Por qué se sacrifica? ¿Culpa y arrepentimiento? ¿Trata de reparar su infidelidad al bien? No parece ser el caso. La razón de su acto está en que Batman evalúa que en ese momento el mejor modo de servir a su comunidad es protegiendo la idea de heroísmo[4]” Batman así como la creación de este Para-Estado es un medio que no contempla justificaciones ni reproches éticos para llegar a ese fin, ya que se ve como un fin en sí mismo que no le importar destruir al diferente y extraño pero de paso lograr poder, dinero, placer y abundancia de manera indiferente con lo que ocurre alrededor, es decir sin pensar en las consecuencias que pueda generar su actuar ilegal como la pobreza, la ignorancia y degradación física y mental (al promover también el consumismo de sustancias psicoactivas y alcohólicas)
Sorprende además que puede ser tanto el apego a esta creación para-estatal, que les asusta de algún modo que se logre una solución al conflicto y se estabilicen las cosas en el país, esto implicaría que la demanda en su negocio de las armas disminuiría y que en el corto plazo también se legalizaran las drogas, acabando con las plazas que controlan los territorios y generan los conflictos en las periferias de la ciudades. Esto además de que al no existir enemigo interno (Que en nuestro caso posicionan como las FARC) ¿Para que un súper héroe más eficaz que garantice seguridad derrotando al enemigo o proporcionando la seguridad que el estado puede brindar al no aparecer en el escenario ese archienemigo? Y este archienemigo no solo son las FARC o el ELN, sino que se puede observar una marcada tendencia de estos grupos con la filosofía cercana al realismo jurídico clásico con enfoques de la neo-escolástica promovida por el Opus Dei que rechazan el libre desarrollo de la personalidad y el progresismo democrático y se enmarcan en la derecha ultra conservadora que busca controlar y sancionar en vez de prevenir y promover garantizando el enfoque de derechos, étnico y diferencial, su modelo de intervención a su vez excluye las diversidades e imaginarios alternos por considerarlos fuera del orden natural.




[1] NOLAN, Christopher (Director) 2008 Batman. El caballero de la noche [película]. Estados Unidos.
[2]. Conflicto armado y Paramilitarismo en Colombia.
[3] . MOLANO, Bravo Alfredo “Once años menos un año” Fuente virtual de la columna en: http://www.elespectador.com/opinion/columna-406489-once-anos-menos-un-ano dice además que “El Gobierno no puede resistir a Los Urabeños en el campo, a Uribe en el Senado y sostener a la vez la mesa en La Habana”

"Violencia Audiovisual"


ANÁLISIS DE PONENCIAS DEL VIII SEMINARIO INTERNACIONAL DE TEORÍA GENERAL DEL DERECHO-TGD “CINE Y DERECHO”
1. “Violencia Audiovisual”
Me llamo la atención por sus aportes conceptuales la ponencia del profesor Andrés Rosler: “Violencia política y violencia criminal en «La Noche de los Generales[1]» (1967) que presenta unas definiciones interesantes sobre Violencia, clasificándola en violencia política y violencia criminal, entendiendo la primera como una violencia usada por los pueblos y gobiernos de todo el mundo para lograr objetivos "políticos" y la segunda como expresión de anomalía, unas veces, en el sentido de fuerza física que se ejerce sobre un sujeto o una cosa u otras en el sentido de la coacción moral respecto de una persona. En esta película de reino unido una prostituta es salvajemente asesinada y un testigo sostiene que el asesino es un general alemán en el marco de los primeros días de ocupación alemana en Varsovia. El profesor Rosler explica como películas como estas nos pueden dejar reflexiones sobre la violencia en la sociedad desde un enfoque histórico, por lo que su ponencia puede ser relacionada con la ponencia del profesor Cesar Oliveros: “Efecto Comodín: El cine, entre la intención y la razón. Donde nos presenta y recomienda una serie de películas históricas de acción y ciencia ficción que pueden llevarnos a encontrar casos donde se relacionen teorías vistas o se creen con ayuda de estas nuevas teorías inspiradas en sus escenas y personajes. Ambas ponencias nos sumergen en la reflexión sobre las expresiones violentas que se presentan a través del arte, en este caso del séptimo arte. Por ejemplo la película “La noche de los Generales” nos introduce en el tema de la violencia de Estado, que siempre estuvo definida como la práctica de dominación y represión política y de manipulación social, a través de la tortura, ejecuciones extrajudiciales sumarias, desaparición forzada de personas, homicidios arbitrarios[2] entre otras. También se puede encontrar violencia criminal de un Estado que promueve las ejecuciones extrajudiciales estimulando al ejército con prebendas lo que en Colombia desato el fenómeno de los Falsos positivos. Igualmente con desaparición forzada de personas, homicidios arbitrarios, tratos crueles y degradantes. Sin duda otra forma de violencia criminal del Estado es la corrupción Administrativa y judicial, pudiendo entonces distinguir con la violencia política las prácticas de corrupción política en los procesos electorales o pos electorales con las mañas burocráticas y clientelistas.
Destacado también otra forma de violencia política y es el: amordazamiento de la prensa, es decir la violación a la libertad de prensa y libertad de expresión, porque si bien se presentan diferentes delitos a periodistas como homicidio, extorsión, secuestro, desaparición y desplazamiento forzado, también desde las decisiones arbitrarias de un gobierno se puede dar la violencia política hacia los medios de comunicación, impidiéndoles sus actividades o generando acciones que obstaculicen la llegada de información a los ciudadanos, entre otras forma de opresión y quebrantamiento a la libertad de prensa.
Otro elemento que me llamo la atención de estas dos ponencias fue la pregunta sobre ¿Qué tanto puede influir el cine y los diversos medios audiovisuales donde se presentan escenas de conflictos y formas de violencia no tanto política, sino criminal o en la mayoría de casos cuando el personaje principal (Protagonista) debe defenderse del enemigo (Antagonista)? Los ponentes no opinaron al respecto por cuestiones de tiempo. Yo personalmente pienso que en la realidad es muy poca la estimulación que puede generar el cine y los medios audiovisuales hacia la violencia, ya que por el hecho de ver estas imágenes no se va despertar una personalidad agresiva, como si lo piensan muchas personas. Fernando Savater dice en su último libro “Ética de Urgencia[3]” que es un error evitar que los niños tengan cualquier cercanía a juegos, programas de tv o películas que puedan ser mínimamente violentos, porque si bien la educación tiene que proporcionar un gusto por la cortesía y el miramiento, tampoco se debe coartar ciertos brotes de agresividad que son naturales, sobre todo en los hombres. El niño tiene que aprender que si corre mal puede caer y aporrease, por lo que un buen educador deja que las cosas fluyan por si mismas[4]. Este año por ejemplo se inicio una campaña para sacar del aire la Novela “Tres Caines” de RCN (La cual ha logrado que muchas empresas retiren sus pautas publicitarias del canal). Estoy de acuerdo con la campaña pero no por el hecho de que se presenten escenas de violencia o se muestren prácticas ilegales y delictuosas, sino por el hecho de que históricamente se han creado estas producciones partiendo desde la vida de los victimarios, lo que es indigno para las víctimas.
Sin embargo según una investigación publicada en la Revista “The Lancet”  llegaron a la conclusión de que quienes tuvieron más exposición a la violencia televisiva en su niñez desarrollaron de grandes un mayor grado de insensibilidad y temeridad[5]. Lo que puede sugerir que en el caso de menores de 14 por ejemplo si estén en compañía de adultos pero que estos realmente hagan un buen acompañamiento haciendo un cierre al final de la película o serie televisiva, hablando sobre esas escenas y haciendo las reflexiones pertinentes sobre estas.
Recuerdo con estas dos  ponencias una frase de Jose Ortega y Gasset: “No es pues la voluntad de paz lo que importa últimamente en el pacifismo, este vocablo debe representar más bien un sistema de nuevos medios de trato entre los hombres”




[1] La Noche de los GeneralesThe Night of the Generals Reino Unido Director Anatole Litvak
[2] CRUZADO, Alejandro “SOCIOLOGÍA CRIMINAL Y VIOLENCIA” pueder ver en: http://www.monografias.com/trabajos-pdf4/sociologia-criminal-y-violencia/sociologia-criminal-y-violencia.pdf
[3] SAVATER, Fernando “Ética de urgencia” Ariel, 2012. (Página 143) Sobre Educación en la página 31.
[4]SAVATER, Fernando “Ética de urgencia” Ariel, 2012 Sobre Educación en la página 31.

viernes, 25 de septiembre de 2009

Ideas principales del Documento: “Familia y Relaciones intimas”


1. En la época medieval, prácticamente nadie se casaba por amor, incluso se consideraba adulterio el amor apasionado a la esposa; hasta que llego la época contemporánea.
2. El amor romántico surge gracias a la influencia de de la Novela literaria romántica, según Radwar.
3. Una Familia es un grupo de personas directamente ligada por unos nexos parentesco, cuyos miembros adultos asumen la responsabilidad del cuidado de los hijos.
4. La familia nuclear, consiste en que dos adultos viven juntos en un hogar con hijos propios o adoptados.; familia extensa, es donde además la pareja casada y sus hijos, conviven con otros parientes en el mismo hogar, en contacto íntimo y continuo.
5. Existen dos tipos de poligamia; la Poliginia, en la que el hombre puede tener varias esposas y la Poliandria, en la que la mujer puede tener varios esposos.
6. El Sociólogo Lawrence Stone, distingue tres clases de evolución en la familia desde el siglo XVI al XIX.
6.1 La forma familiar dominante, donde no existían vínculos afectivos, el sexo era visto como una necesidad para tener hijos y los padres controlaban la elección de matrimonio de sus hijos.
6.2 El núcleo familiar se convirtió en una entidad más diferenciada, distinta a los lasos con otros parientes.
6.3 El aumento del individualismo afectivo, la familia empieza a ajustarse al consumo, como resultado de los lugares de trabajo alejados del hogar.
7. Los cambios más importantes que están ocurriendo a escala mundial, como la influencia de los clanes esta disminuyendo, hay tendencia a la libre elección del conyugue, los derechos de las mujeres empiezan a reconocerse, Los matrimonios concertados son cada vez más frecuentes, hay desarrollo de la libertad sexual, hay tendencia general hacia la ampliación de derechos de los niños y una mayor aceptación a las relaciones de las parejas del mismo sexo.
8. El modelo de la residencia paternofiliar, implica que las parejas de casos se trasladan a una vivienda separada de sus dos familias, se llama matrilocoal cuando se instalan cerca de la familia de la novia o patrilocal cuando es cerca a la familia del novio.
9. Según Rapoport se identifican cinco tipos de diversidad en las familias: Organizativas, culturales, de clase, de ciclo vital y de cohorte.
10. En el libro “Working Women Don´t have wives”, de Terri Apter, se afirma que las mujeres luchan contra el dilema de: Alcanzar su independencia económica o su deseo de se madres.
11. La Revolución Aplazada, según Alie Hochschild, es la situación de las relaciones entre hombres y mujeres con respecto al trabajo y se semana que las mujeres están oprimidas por los hombres durante lo considerado como “Primer turno “ y otra durante el “Segundo turno”
13. LA expresión: Familias restituidas alude a aquellas en las que al menos uno de los adultos tiene hijos de un matrimonio o relación anterior y binucleas que dos familias que se forman después de un divorcio todavía constituyen un sistema familiar único donde hay hijos implicados.
14. La cohabitación es aquella situación que se da cuando una pareja que mantiene una relación sexual continua sin estar casada.
15. Según Cott PArsons, las dos funciones principales de las familias son la organización primaria (donde se aprenden las normas culturales de la sociedad) Y la estabilización de la personalidad (Rol que desempeña la familia a la hora de asistir emocionalmente)

martes, 22 de septiembre de 2009

LA PROGRESIVA CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO PRIVADO COLOMBIANO.

Este informe es presentado con el fin de dar a conocer brevemente mis aprendizajes en el VIII seminario de derecho Constitucional, relacionando algunas temáticas del evento académico con el área del Derecho civil.

Entendiendo que la ciencia del derecho debe estudiarse tratando de articular lo más posible cada una de sus ramas, lo que significa que como estudiante es importante conocer tanto el derecho público como el privado y no limitarnos a saber solo las diferencias que se presentan.

Como modulo temático del Seminario, se incluyo el componente de fundamentos Constitucionales el día 22 de Abril, donde se dieron herramientas conceptuales y teóricas sobre la evolución histórica de la constitución Colombiana y sus constantes transformaciones que dieron lugar también a cambios en el orden privado.
Antes de iniciar con el entendimiento de los factores y consecuencias de la constante constitucionalizarían del Derecho privado y el Derecho público, fue necesario haber conocido el proceso de reforma de las constituciones y leyes desde 1910 para el control constitucional y el desarrollo de la judicialización de la política. Además fue importante haber conocido previamente la función de los principios constitucionales en el estado social y constitucional de derecho.

Con esto el Doctor Jorge Parra Benítez, inicia su ponencia la cual para dar informe de esta doy por establecido este orden:


· Parámetros.
· Formas de constitucionalización.
· Ejemplos.
· Conclusiones.





[fin]







ParámetrosEl Doctor Benítez, nos presenta varias reflexiones iníciales como:

“La constitucionalización del Derecho privado es un hecho REAL, no una tendencia” Decía que tenemos que tener muy en cuenta que el derecho privado que vemos hoy en día es un derecho privado que ya esta de cierta forma constitucionalizado y nos confirma la idea de que el Derecho privado es una parte que se incluye dentro del derecho público.

“Hay una influencia del Derecho constitucional en el Derecho privado Colombiano, principalmente por medio de las acciones jurídicas” El doctor Benítez nos da a conocer este fenómeno que no se tiene muchas veces en cuenta y no muestra con algunos casos como los entes jurídicos utilizan el derecho constitucional para intervenir en casos del derecho de las personas y de carácter privado.

“Hay una controversia por el abandono de la ley y la queja de quienes participan en el derecho privado sienten la tendencia de olvidar el antiguo código civil y hasta el de comercio”

“No hables mal del puente si no lo has conocido”

Estas fueron algunas de las frases que menciono en su potencia el Doctor Benítez para ilustrar mejor la presentación su tema e infundir en los asistentes la idea de que en la actualidad el derecho Colombiano ya hay una impregnación del derecho público en el Derecho privado y el estado juega un papel fundamental en todo este proceso de constitucionalización, tesis que se consolida cuando se estudian los fenómenos y evoluciones que se han venido presentado desde 1810 y que hoy cerca del Bicentenario de Colombia podemos apreciar al ver la historia de nuestro país.

Formas de constitucionalización.
En el Derecho privado se dan una serie de procedimientos, entendido mejor como formas de constitucionalización del derecho privado, que son un proceso lento, considerado por algunos como la acumulación de normas constitucionales que luego son difundidas.

· La forma legislativa: En el derecho de familia dio los primeros pasos importantes que aportaron a la creación de normas de cambios constitucionales. Luego se da aportes importantes en derechos Humanos.
· Forma de Aplicación directa. (No dio explicaciones sobre esta forma)
· La protección y defensa de los Derecho Humanos.
· La Judicial: El Doctor Benítez, la relaciono con la forma legislativa, concluyendo en que eran lo mismo.
· Articulación y complementación de las jurisprudencias.


Ejemplos de Constitucionalización del Derecho privadoLa ponencia tuvo un toque muy original y pedagógico que le dio claridad al tema y fueron los ejemplos y casos que el Dr. Benítez citaba constantemente para aclarar y visibilizar mejor sus ideas, lo que nos permitió entender mejor.

Entre los ejemplos que pude copiar están
è Para el derecho privado, los contratos "legalmente celebrados" tienen fuerza normativa entre las partes (art. 1602 C.C.), pero no podrán derogarse por convenios particulares las leyes en cuyas observancia están interesados el orden y las buenas costumbres (art. 16)
è el artículo 13 de la Constitución, con el principio de normatividad de los contratos cuando el negocio no guarda equilibrio financiero, es decir, no hace "justicia material" y los remedios tradicionales de lesión enorme o imprevisión no pueden invocarse por no cumplirse sus requisitos formales? Podrá el juez intervenir en el contrato declarando el acto o las cláusulas que corresponda, nulo por violar el principio de igualdad, en aplicación directa del artículo 13 de la Carta, por hacer dicho principio parte esencial del orden público en el Estado Social de Derecho, aunque no sea esa una causal de nulidad en los Códigos Civil y de Comercio?
è Una Sentencia de 22 de marzo de 1995, del Magistrado Carlos Esteban Jaramillo, en la que se señala que a nivel procesal, no existen nulidades constitucionales, sino que la invalidez de un proceso por violación al debido proceso depende de que la causal invocada se encuentre expresamente prevista por el Código de Procedimiento Civil}
è Artículo 262 del C. de Co
è Hablo de varios ejemplos aportados por la Corte constitucional, entre sllos la sentencia T-1118 de 2002 (M.P. ..... “Personalidad jurídica y su desestimación”

Conclusiones
La Ponencia fue interesante, el desarrollo del tema fue claro a pesar de que no se usaron diapositivas.
Los avances en el estudio del proceso de constitucionalización aun están iniciando, pero seguramente con el tiempo se tendrán más estudios sistemáticos de este fenómeno relativamente reciente.
La teoría de los derechos humanos, ha influido notablemente en este proceso de constitucionalización y luego de la constitución del 91 en Colombia, se utiliza la Tutele como una herramienta para exigir estos derechos que tienen las personas.
La modernización del derecho es una de las consecuencias de la constitucionalización, en la medida en que, en general, la transformación del derecho se traduce por una modernización de éste.
La idea de un Derecho que se individualiza, cada vez es más lejana y por lo contrario cada vez se hace más general.